Las recetas electrónicas de tu agenda digital de Docturno cumplen con la Ley 27.553 y Resolución 3622/33 del Ministerio de Salud de Argentina.
Además de generar recetas electrónicas desde tu agenda o desde el buscador de fichas, podrás realizar recetas electrónicas rápidas de manera sencilla.
Generar recetas rápidas
Para generar recetas rápidas, deberás seleccionar "RECETA RÁPIDA" o desde el ícono de receta que se encuentra del lado derecho de la campana de tus notificaciones.
Luego deberás completar los datos de tu paciente necesarios para generar la receta: apellido, nombre, DNI y cobertura (opcional)
Seleccionás buscar medicamento y elegís el que corresponda
Seleccionás tu matrícula y opcionalmente podés agregar tu firma electrónica previamente cargada y elegir la cantidad de copias que necesitás.
Haces click en "GENERAR" o "GENERAR Y ABRIR"
Finalmente podrás copiar el enlace de la receta, descargarla en formato PDF y/o enviar la receta por email o a través de WhatsApp a tu paciente.
¡Listo! Ya generaste tu receta rápida
¿Qué diferencia hay entre las recetas rápidas y las que realizo desde la agenda o desde el buscador de fichas?
Las recetas rápidas se utilizan para hacer recetas de medicamentos de manera más sencilla y eficiente, siendo un proceso más ágil para utilizar la menor cantidad de tiempo al generarlas.
- Las recetas electrónicas rápidas se utilizan únicamente para realizar recetas de medicamentos, no se pueden hacer estudios o diagnósticos con recetas rápidas. En ese caso, lo deberás hacer desde la agenda o el buscador de fichas.
- Las recetas rápidas no se guardan en el listado de prescripciones que se encuentran en las fichas de los pacientes y se eliminan una vez que cierran la pestaña. Por eso, hay que recordar guardar la receta o enviarla al paciente antes de cerrar.
- En las recetas rápidas deberás cargar manualmente todos los datos del paciente. Si lo realizás a partir de un turno dado o del buscador de fichas, los datos se cargan automáticamente.
- Únicamente podrán utilizar la funcionalidad de recetas rápidas aquellos profesionales que cuenten con una matrícula apta para recetas medicamentos.
¡ACLARACIÓN!
SOLO PODRÁN REALIZAR RECETAS LAS CUENTAS DE PROFESIONALES, NO DE ADMINISTRADORES/SECRETARIAS